El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Las Palmas de Gran Canaria ha condenado al Banco Bilbao Vizcaya a devolver a un cliente isleño los 4.768 euros que la firma le había cobrado “de más” durante la vida del préstamo hipotecario que el particular suscribió en 2003,según sentencia remitida a Gomeranoticias este jueves por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

El órgano judicial declara “indebida” la aplicación al préstamo de un límite a la baja del 3,50% del interés en el préstamo y no sólo exige la devolución de las sumas cobradas de forma indebida, sino que condena en costas al BBV “con expresa declaración de temeridad y mala fe”. Esta condena implica que el Banco debe abonar los honorario del abogado del cliente que planteó la demanda.

A pesar de que en el transcurso del pleito, el BBV se allanó a la demanda, -discrepando únicamente sobre las cantidad que le reclamaba la parte actora- el magistrado Juan Avello comienza la fundamentación de su fallo señalando “la gravedad” de la actuación por parte de la demanda: “No se trata de un supuesto dudoso en el que debe analizarse la doble transparencia de la denominada cláusula suelo, sino de un grave incumplimiento contractual”, sentencia: “Se aplica una cláusula que no estaba pactadas, y ello con grave perjuicio del consumidor”.

El juez entiende que procede la condena en costas por temeridad y mala fe a la entidad crediticia “no sólo por su actuación procesal, sino preprocesal, obligando a la parte actora a acudir a los tribunales, con el lógico quebranto” para ésta, y subraya que su proceder supuso “un ataque frontal a los valores éticos de honradez y lealtad”.