Los ediles socialistas Cristopher Marrero y Sabina del Pilar Rodríguez

La ley de los municipios de Canarias vuelve a llevarse otro revolcón. El titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Santa Cruz de Tenerife ha planteado recurso de inconstitucionalidad contra uno de sus artículos, el 28, por considerar que contraviene el 23 de la Carta Magna, referido al derecho a la participación política, y el 149, sobre las competencias estatales. Así lo ha resuelto el magistrado Roi López Encina al atender el recurso formulado por el alcalde y la primera teniente de alcalde de Valle Gran Rey (La Gomera), que fueron expulsados en 2019 del PSOE por votar para la alcaldía a su propia candidatura y no a la de la Agrupación Socialista Gomera (ASG) de Casimiro Curbelo, uno de los cuatro partidos que sustenta desde hace ahora un año el pacto de gobierno regional, según señala canariasahora.com.

Pensada para combatir el transfuguismo político y precisamente elaborada durante uno de los pocos mandatos autonómicos en los que ha participado el PSOE (2011-2015), la ley canaria de municipios ha sufrido varios contratiempos. En el caso de Valle Gran Rey, la expulsión de las filas socialistas de Cristopher Marrero y Sabina Rodríguez ya ha superado algunas fases antes de esta última resolución judicial. La primera, ante una petición de medidas cautelares por parte de los afectados, el mismo juez acordó reponerles sus respectivos salarios, retirados en aplicación de esa ley territorial canaria, y ahora, planteando recurso de inconstitucionalidad, lo que mantendría la actual situación de ambos hasta que haya sentencia del tribunal de garantías.

Según el periódico digital, entre otros argumentos, en el auto se recuerda que Marrero y Rodríguez pasaron a ser considerados no adscritos tras ser expulsados del partido por el que concurrieron a las elecciones, el PSOE, pero cuando ya había sido elegido alcalde el primero de ellos, que continúa gobernando esa corporación gomera con el apoyo de Nueva Canarias y Sí se Puede, cada uno con otros dos concejales. “No estamos ante una medida sancionadora adoptada con la finalidad de convertir en inoperativa políticamente la previa salida del grupo político para alcanzar la alcaldía”, se lee en el auto. “Antes al contrario: la salida del grupo político la provoca la propia medida sancionadora, que (…) no se impone a concejales que previamente han abandonado el partido para alterar el régimen de mayorías derivado de los resultados electorales obtenidos por los respectivos grupos o partidos, sino a aquellos, que desde el seno de la propia agrupación, alcanzan la alcaldía bajo las mismas siglas con las que se presentaron a las elecciones”.

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