Réplica al artículo remitido por Servego Canarias en relación con los servicios funerarios de La Gomera, publicado en Gomeranoticias el 19 de septiembre de 2016

De la lectura del artículo publicado en prensa el lunes 19 de septiembre bajo el título – la empresa Servego Canarias dice que la póliza de decesos de La Gomera esta en entredicho– cuanto menos, «sorprende la ligereza con que esta empresa decide que existen dudas sobre la póliza de decesos, sin aclarar las razones de su proclama y después de catorce años prestando asistencia fúnebre a más de 2.500 familias gomeras, junto al resto de empresas funerarias que vienen prestando servicios a la población de La Gomera», señala Miguel Gómez, representante de la empresa ‘MIGUEL GÓMEZ ANÁLISIS Y GESTIÓN DE SEGUROS, S.L»

Según Gómez, y «sin más aclaración sobre el evocador comentario, el escrito que acompaña al título,  representa un incontestable ejercicio de habilidad para lograr una lectura incomprensiva, que sin embargo, anima a generar suposiciones en el lector que “ojea” la redacción y que sólo se percata de aquello que se quiere destacar para causar incomprensiblemente un efecto viral negativo».

Para el responsable de la gestión de servicio de poliza de decesos de La Gomera «así, ocultando la intención real de acaparar los servicios funerarios que desde hace años provee a la población gomera junto a otros funerarios ubicados en la isla por medio de un sistema de turnos, trata de justificar el titular  empleando una peripecia engañosa que enlaza con la querella que interpone Servego Canarias SL contra el que suscribe, que en absoluto trata de deliberar sobre la póliza,  sino mas bien,sobre la forma y procedimiento por el que los funerarios aplican los servicios a las familias de La Gomera que los soliciten; sistema con el que no parece estar muy de acuerdo Servego Canarias SL en este momento, al contrario del resto de empresas funerarias».

Así, por el nexo creado por Servego Canarias SL en su publicación, «me corresponde aclarar, que tan cierto es que ha interpuesto una querella señalada por falsedad en documento privado, como que Servego Canarias SL no aporta a la querella el acta falsa a la que se refiere y sobre la que sostiene los hechos para los que solicita la apertura de una causa criminal para que se investigue. Investigación que dicho sea de paso, me ha permitido evidenciar que se trata de un documento elaborado por el que suscribe y por lo tanto auténtico,  que no presenta alteraciones y que se refiere a un resumen de conclusiones de una reunión celebrada por todos los funerarios a la que fui convocado y de cuyas conclusiones tome nota y  proporcionéa quien tuvo interés con posterioridad, como lo pudieron hacer cualquiera de los presentes, como ya he tenido ocasión de aclarar al propio juzgado».

«Puede tratarse de un equívoco –señala el gestor– o de una ignorancia por parte de Servego, pero en derecho, el resultado en ambos casos es similar “ una desencaminada representación de la realidad”  que se produce pese a contar con la asistencia de un abogado.  Así, no resulta desatinado suponer que en este caso, que quien obra, es decir, Servego Canarias SL.  lo hace a sabiendas de que puede estar equivocado. El documento al que se refiere Servego Canarias SLdetalla con notoria claridad que se trata de un informe de inclusiones, pero sin embargo se pretende hacer ver que se trata de un documento cuya finalidad es certificar lo acontecido y dar validez a lo acordado, como si de una organización privada se tratase, la reunión se hubiera convocado siguiendo un procedimiento normativo, confeccionado un orden del día de la reunión y se me hubiese encomendado registrar las cuestiones planteadas y los resultados».

Y digo yo,

¿Cómo es que Servego Canarias SL ha contribuido con sus servicios hasta ahora  , aceptando trabajar al igual que las otras funerarias, mediante un sistema de turnos y bajo los criterios de precios mínimos que solicitaron conjuntamente a la entidad aseguradora mediante escrito?

¿Por quéServego Canarias SL dice que la póliza de decesos de La Gomera está en entredicho?  Cuando en realidad con lo que no está de acuerdo es con la manera en que los funerarios quieren organizar el servicio por turnos.

¿Por quéServego Canarias SL no aclara el motivo de su desinterés por un sistema de turnos para dar los servicios?

¿ Por qué Servego Canarias SL utiliza el carácter preferente con que la póliza regula la libertad de elección del beneficiario para alterar el sistema de turnos, solicitando a los familiares que le encomienden los servicios y le autoricen a cobrar directamente de la aseguradora?

Miguel Gómez

MIGUEL GÓMEZ ANÁLISIS Y GESTIÓN DE SEGUROS, S.L.