El portavoz del Partido Popular (PP) en el Cabildo de La Gomera,Javier Trujillo,advirtió hoy al presidente de la institución,Casimiro Curbelo,de que tiene la obligación legal de contestar a todos los datos e informaciones que sobre el incendio la ha solicitado. En declaraciones a Efe,Trujillo critica la falta de explicación del presidente del Cabildo a la sociedad gomera de lo ocurrido en el incendio del 4 de agosto señala que solicitó el 17 de septiembre información del fuego que aún no ha sido contestada.
Le recuerda que,según la Ley,tiene un plazo de cinco días naturales para contestar la solicitud de información,tras el que se entiende que la petición ha sido estimada.
«La sociedad gomera no se merece la política de oscurantismo al que nos tiene acostumbrado el presidente del Cabildo insular sin dar respuesta a las informaciones que hemos solicitado»,indica.
Transcurrido «sobradamente» el plazo de los cinco días naturales y ante la falta de respuesta,el portavoz del PP se pregunta si Curbelo pretende que «busquemos otras vías legales para obtener la información a la que tenemos derecho por ley».
Asimismo,considera que la sociedad gomera tiene derecho a conocer las informaciones que sobre el incendio se solicitaron.
Precisa que,por ejemplo,el PP solicitó copias del documento de solicitud de bajar a nivel 1,del informe técnico que corrobore esa petición,y del informe de quién o quienes son los responsables técnicos y políticos de las labores de extinción del incendio.
También solicitó copias de los informes del director de Extinción con relación detallada y plan de trabajo de los medios del Cabildo en las labores de extinción,y sobre las causas que originaron la reactivación del incendio el 10 de agosto.
Javier Trujillo cuestiona si la falta de respuesta a toda la información solicitada es debido a la existencia de algún hecho que se deba ocultar,porque en caso negativo considera que no existe argumento para no responder.
Aclara a Casimiro Curbelo que está equivocado cuando dice que los consejeros no tienen derecho a hacer preguntas por escrito,sino a controlar al grupo de gobierno a través de las que se hagan en sesión plenaria.
Al respecto,le insta a una lectura del artículo 31 del reglamento orgánico del Cabildo,así como de toda la normativa del régimen local donde expresamente se encuentra el derecho a solicitar preguntas oralmente o formuladas por escrito al presidente.