El Cabildo de La Gomera informa de la aprobación del calendario de caza menor en la isla para 2026, tras pasar el trámite previo en el Consejo Insular de Caza. Tanto el calendario como las medidas adoptadas han sido consideradas a tenor del documento técnico emitido por la Unidad de Medio Ambiente de la Institución insular y las propuestas presentadas por las sociedades de cazadores de la isla. Asimismo, recuerda que para la práctica de esta actividad es obligatorio disponer de la respectiva licencia con seguro vigente.
Caza sin arma
El calendario general para la caza sin arma se abre a partir del 9 de agosto.
Para perdiz moruna, se destinan los martes, jueves y domingos entre el 9 de agosto y el 10 de septiembre, a jornada completa. A ello se suma los martes, jueves y domingos comprendidos entre el 10 y el 29 de noviembre, también a jornada completa.
Por otro lado, para conejo con perro y hurón, se establecerán sólo los domingos entre el 9 de agosto y el 6 de septiembre, desde la salida del sol hasta las 15.00 horas.
Para conejo sólo con perro, se habilitarán sólo los jueves, del 13 de agosto al 10 de septiembre, desde el amanecer hasta las 15:00 horas. En noviembre, los jueves y domingos comprendidos entre los días 13 y 30, hasta las 15:00 horas.
Asimismo, se autoriza la apertura del campo de adiestramiento de Erque y Erquito y en el vedado de Chijeré bajo las siguientes condiciones: para perdiz, los miércoles y sábados a jornada completa, entre el 12 de agosto y el 9 de septiembre; y para conejo con perro sin hurón, los miércoles y sábados a jornada completa, entre el 12 de agosto y el 9 de septiembre.
Caza con arma
En cuanto al calendario de la caza con escopeta, se establecen doce jornadas, siendo los domingos contemplados entre el 13 de septiembre y el 8 de noviembre, desde el orto hasta las 15:00 horas, para la especie de perdiz moruna y conejo con perro y hurón. A ello se suman los jueves 8, 15, y 22 de octubre desde las 14:00 horas hasta la puesta de sol.
Además, se informa de que se abre el campo de entrenamiento de Hondura, para la perdiz y para el conejo con perro y hurón, en las mismas condiciones, los mismos días.
Otras consideraciones
Asimismo, se recuerda que se autoriza el uso de máximo un hurón con zálamo por persona cazadora, provista de licencia clase C para la caza del conejo, con la obligatoriedad de no dejar abandonado en el campo a ningún hurón, y llevar su correspondiente microchip.
El empleo de los perros por persona cazadora para la caza sin arma se limita a un máximo de tres para perdiz moruna, y seis para conejo. En el caso de la caza con arma, se establece un máximo por cazador de tres para perdiz moruna, seis para conejo para una persona cazadora, y diez por pareja. La aplicación de estas condiciones permite el uso de perro podenco o cualquiera de las razas usadas para la caza.
No se permite la caza en cuadrilla, y se autoriza un morralero mayor de 12 años por cazador o pareja, y un acompañante por persona cazadora, si es menor de 12 años.
En cuanto a las limitaciones de piezas, se establece en tres para perdiz moruna, y en tres para conejo. En ningún caso se podrá abatir perdiz moruna y conejo de forma simultánea. La caza de paloma bravía y animales asilvestrados tendrá un cupo ilimitado. Para los campeonatos, se autorizan tres perdices y un conejo.
Se prohíbe la caza en el Parque Nacional de Garajonay, en la Reserva Natural Integral de Benchijigua, en la Reserva Especial de Puntallana, en la zona de uso restringido del Parque Natural de Majona, en la zona de exclusión del Parque Rural de Valle Gran Rey (zona de uso restringido conforme al PRUG de Valle Gran Rey), en el Monumento Natural de Los Órganos, en el Monumento Natural de Roque Blanco, en el Monumento Natural de La Fortaleza, en el Monumento Natural de La Caldera, en el Monumento Natural de Los Roques, y en el Sitio de interés Científico de Acantilados de Alajeró, en el Sitio de Interés Charco del Conde, en el Sitio de Interés Charco del Cieno, y así como en la Cuenca del Barranco de Argaga (ZEC ES7020103), y en la zona de conservación prioritaria Zona A de la ZEC ES7020035 Barranco del Cabrito.
















