El Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife ha publicado las bases reguladoras y la convocatoria que rigen las ayudas al fomento de la Rehabilitación de viviendas de titularidad privada de Alajeró, correspondiente al Programa para combatir la despoblación en el medio rural del Plan de Viviendas de Canarias 2020-2025.
La financiación es del Instituto Canario de la Vivienda y con recursos propios de este ayuntamiento Las y los interesados en acogerse a este tipo de ayudas tienen de plazo 20 días a contar desde hoy, 4 de junio y el 1 de julio de 2026. Las bases fueron aprobadas por resolución del alcalde de Alajeró, Manuel Ramón Plasencia Barroso el pasado 27 de mayo.
Podrán acogerse y podrán ser beneficiarios personas empadronadas en este término municipal y residir de forma efectiva en la localidad entre otras circunstancias que recogen las bases.
Se debe ser propietario o copropietarios de la vivienda en la que se van a ejecutar las obras de rehabilitación y que la vivienda objeto de la rehabilitación constituya la residencia habitual y permanente de la unidad familiar del solicitante o pretenda serlo.
Las viviendas y las obras de rehabilitación deben ajustarse a lo dispuesto en las normas urbanísticas que sean de aplicación, dejando a salvo el tipo de actuación prevista en la base reguladora, en relación con obras en viviendas aisladas en situación de fuera de ordenación.
El importe total para esta actuación es de 108.358,86 euros y el importe de las ayudas que se concedan podrá ser de hasta el 50% del coste subvencionable de cada actuación individual y por un importe máximo por vivienda de 10.000 euros. En el caso de que la vivienda esté compuesta por un colectivo vulnerable, el porcentaje máximo de la ayuda correspondiente a esa vivienda sobre la inversión afectada a la misma será del 100% y no superará el importe de 10.000 euros.
A través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alajeró https://www.infosubvenciones.es/…/es/convocatoria/908401

se podrá ampliar toda la información y presentarse incluso la instancia de la solicitud junto con la documentación requerida, aunque también puede ser presentada a través del Registro General del Ayuntamiento o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La documentación que debe acompañar la instancia debe constar de Documento Nacional de Identidad o NIE del solicitante y de todos los miembros de la unidad familiar; documentación acreditativa de la titularidad de vivienda; justificante de los ingresos económicos de cada uno de los miembros de la unidad económica de convivencia, vida laboral de los mayores de 16 años, fotocopia de la Declaración de la Renta, etc. Datos que pueden ser ampliados en las oficinas municipales.
El alcalde de Alajeró Manuel Ramón Plasencia apunta que este programa está destinado fundamentalmente en colaborar con las familias para remodelación con reforma de sus viviendas y en general para combatir el despoblamiento especialmente en el medio rural.