El Gobierno de Canarias y la Federación Canaria de Municipios (Fecam) ha decidido esta mañana crear una comisión de trabajo que establezca los instrumentos necesarios para que los ayuntamientos pueden controlar, en su municipio, el acceso a la vivienda para, en unos casos, favorecer su disponibilidad y fijar así población y, en otros, limitar su compra por parte de foráneos.
Estas herramientas deben ser introducidas, previa modificación, en la Ley estatal de Bases de Régimen Local, “para lo que se requiere elaborar un documento de consenso en Canarias, que pueda ser elevado a la Federación Española de Municipios y de allí al Congreso”, ha explicado hoy el presidente, Fernando Clavijo, tras una reunión con el comité ejecutivo de la Fecam.
En esta línea de actuación, “que continúa tras las decisiones tomadas en las Conferencias de Presidentes en las que se abordaron el reto demográfico y el problema de acceso a la vivienda”, se promueve la ampliación y profundización de competencias municipales que pudieran contribuir en cada municipio a la mejora de estos desafíos, estableciendo posibles limitaciones a la adquisición de residencia, mediante la modificación del ámbito competencial que al Estado y a la Comunidad Autónoma canaria le está asignado en materia de régimen local.
Con este cambio de la Ley, afirmó Mari Brito, “perseguimos ampliar las competencias de los municipios en materias como ordenamiento, actividad turística, tributaria y empadronamiento, así como en cualquier otra que dentro del respeto a la autonomía local se considere que pueda contribuir a los objetivos planteados, ponderando las entidades locales canarias la conveniencia o no de su aplicación, según al realidad de cada municipio y actuar, en este sentido, mediante ordenanzas”.
Tanto Clavijo como Brito, incidieron en que las entidades locales pueden contribuir de una manera idónea a resolver el problema de la residencia poblacional si bien corresponde al Estado diseñar el modelo básico del régimen local en los aspectos sustanciales que se refieren a la materias mencionadas, del mismo modo que es a las Comunidades Autónomas a las que les está atribuida la materia de ordenación del territorio.
Experiencias modelo
Como punto de partida, para plantear esta modificación, el presidente de Canarias ha señalado que ya existen algunas experiencias en otras ciudades españolas y europeas.
Es el caso de Bilbao, que ha otorgado a las viviendas de uso turístico la calificación de uso de equipamiento en lugar de uso residencial. O Amsterdam. que ha establecido que si transcurren seis meses sin ocupación en la vivienda se prevén sanciones en caso de incumplimiento y dispone de un plazo de dos meses para determinar cómo reintroducir la vivienda en el mercado. También en Ámsterdam, se prohíbe durante 4 años el alquiler de viviendas recién adquiridas con un valor de hasta 623.000 euros, con excepciones y exenciones a esta norma en el caso de alquilarla a un familiar, compartir la vivienda mientras se reside en ella o si se alquila por razones de interés social. Es el caso de Hamburgo donde se estableció en su legislación municipal una política de expropiación para propiedades residenciales que hubieran estado vacías más de cuatro meses, o el de Berlín, que puso en marcha un proyecto piloto con el objetivo de expropiar temporalmente viviendas vacías.
A nivel estatal, Malta ha establecido un periodo de 5 años de residencia para facultar la adquisición libre de residencias secundarias. Y en Dinamarca, para poder comprar una propiedad (tanto primera como segunda residencia), es necesario tener la residencia permanente o haber vivido en Dinamarca durante un período consecutivo de cinco años.