El Cabildo de La Gomera informa de la aprobación del calendario de caza menor en la isla para 2025, tras pasar el trámite previo en el Consejo Insular de Caza. Tanto el calendario como las medidas adoptadas han sido consideradas a tenor del documento técnico emitido por la Unidad de Medio Ambiente de la Institución insular y las propuestas presentadas por las sociedades de cazadores de la isla. Asimismo, recuerda que para la práctica de esta actividad es obligatorio disponer de la respectiva licencia con seguro vigente.

Caza sin armas

El calendario general para la caza sin arma se abre a partir del 3 de agosto.

Para perdiz moruna , se destinan los martes, jueves y domingos entre el 3 de agosto y el 18 de septiembre, una jornada completa. A ello se suma los martes, jueves y domingos comprendidos entre el 11 y el 30 de noviembre, también a jornada completa.

Por otro lado, para conejo con perro y hurón , se establecerán sólo los domingos entre el 10 de agosto y el 14 de septiembre, desde la salida del sol hasta las 15.00.

Para conejo con perro sin hurón , se habilitarán sólo los jueves comprendidos entre el 14 de agosto y el 18 de septiembre, desde el amanecer hasta las 15:00 horas.

Asimismo, se autoriza la apertura del campo de entreno de Erque y Erquito y el vedado de Chijeré bajo las siguientes condiciones: para perdiz moruna, los miércoles y sábados a jornada completa, entre el 13 de agosto y el 17 de septiembre; y para conejo con perro sin hurón, los miércoles a jornada completa entre el 13 de agosto y el 17 de septiembre.

Caza con armas

En cuanto al calendario de la caza con escopeta, se establecen ocho jornadas, siendo los domingos contemplados entre el 21 de septiembre y el 9 de noviembre, desde el orto hasta las 15:00 horas, para la especie de perdiz moruna y conejo con perro y hurón.

Además, se informa de que se abre el campo de entrenamiento de Honduras, para la perdiz y para el conejo con perro y hurón, en las mismas condiciones, los mismos días.

Otras consideraciones

Asimismo, se recuerda que se autoriza el uso de máximo un hurón con zálamo por persona cazadora, provista de licencia clase C para la caza del conejo, con la obligatoriedad de no dejar abandonado en el campo a ningún hurón, y llevar su microchip correspondiente.

El empleo de los perros por persona cazadora para la caza sin arma se limita a un máximo de cuatro para pérdida moruna, y seis para conejo. En el caso de la caza con arma , se establece un máximo por cazador de cuatro para perdiz moruna, seis para conejo para una persona cazadora, y diez por pareja. La aplicación de estas condiciones permite el uso de perro podenco o cualquiera de las razas usadas para la caza.

No se permite la caza en cuadrilla , y se autoriza un morralero mayor de 14 años por cazador o pareja, y un acompañante por cazador, si es menor de 14 años.

En cuanto a las limitaciones de piezas , se establece en tres para perdiz moruna, y en tres para conejo. En ningún caso se podrá abatir pérdida moruna y conejo de forma simultánea. La caza de paloma bravía tendrá un cupo ilimitado. Para los campeonatos, se autorizan los mismos cupos, salvo que se podrá capturar un conejo junto a tres perdices.

Se prohíbe la caza en el Parque Nacional de Garajonay, en la Reserva Natural Integral de Benchijigua, en la Reserva Especial de Puntallana, en la zona de uso restringido del Parque Natural de Majona, en la zona de exclusión del Parque Rural de Valle Gran Rey (zona de uso restringido conforme al PRUG de Valle Gran Rey), en el Monumento Natural de Los Órganos (Vallehermoso), en el Monumento Natural de Roque Blanco, en el Monumento Natural de La Fortaleza, en el Monumento Natural de La Caldera, en el Monumento Natural de Los Roques, y en el Sitio de Interés Charco del Conde, en el Sitio de Interés Charco del Cieno, y así como en la Cuenca del Barranco de Argaga ZEC ES7020103, y en la zona de conservación prioritaria Zona A de la ZEC ES7020035 Barranco del Cabrito.