Una sentencia del Juzgado de lo Social número ocho de Santa Cruz de Tenerife ha dictaminado que solo el cuerpo de enfermería puede administrar los medicamentos a los usuarios de las residencias de mayores, dando así la razón a la Federación de Servicios a la Ciudadanía de Comisiones Obreras Canarias y UGT, que, por este motivo, interpusieron una demanda de conflicto colectivo contra el Cabildo de El Hierro y la empresa Sacyr Social.

Los sindicatos presentaron el pasado 2023 esta demanda de conflicto colectivo por entender que se estaba vulnerando el artículo 17 del VII convenio colectivo marco estatal de servicios de atención a las personas dependientes y desarrollo de la promoción de la autonomía personal, en el sentido de no compeler al personal gerocultor a administrar medicación sin la supervisión del personal de enfermería.

La sentencia señala que, en el contrato suscrito entre el Cabildo de El Hierro y Sacyr Social en el año 2022, se dice claramente en el apartado 4, cartera de servicios, que el servicio de enfermería se encargará de preparar y administrar los medicamentos según prescripciones facultativas, específicamente los tratamientos.

Sin enfermera desde las 15 horas

En la residencia de Echedo hay dos gerocultoras contratadas por Sacyr Social, mientras que el resto, tanto de esa residencia como la de El Pinar, dependen del Cabildo Insular de El Hierro. En las residencias de Echedo y de El Pinar hay una enfermera que presta sus servicios de 8 a 15 horas.

Durante su jornada, la enfermera prepara la medicación y se la administra a los usuarios. Después de las 15 horas, no existe ningún personal médico ni de enfermería en las residencias, y antes de irse, la enfermera deja preparada la medicación de los usuarios y son los gerocultores los que, en el turno de noche, se la administran a los usuarios del centro.

Sin embargo, el convenio establece claramente que al geroculturor solo le corresponde “colaborar con el personal sanitario en la administración de la medicación” y, si acaso, en ausencia del enfermero podrá hacer la prueba de glucosa, administrar insulina y heparina a los usuarios, siempre que la dosis y el seguimiento del tratamiento se realice por personal médico o de enfermería.

Personas particularmente vulnerables

La sentencia da por demostrado que, a partir de las 15 horas son los gerocultores los que tienen que administrar los medicamentos, bien en pastilla o en jarabe, a los usuarios, algo ratificado durante el juicio por el propio supervisor de Sacyr

La magistrada considera que debe ser la enfermería la que administre los medicamentos, no solo por ser lo más ajustado al texto del convenio colectivo, sino también porque “en este tipo de residencia viven personas de avanzada edad y con patologías graves. La medicación que se les administra es numerosa y con importantes efectos secundarios; y además el número de personas a las que se le administra la medicación no es baladí”.