En el marco del Plan de Control de Actividades Pesqueras, agentes de la Guardia Civil pertenecientes al Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) del Destacamento de Garajonay en la isla de La Gomera, han instruido diligencias en las que investigan a un varón de 60 años de edad, turista de nacionalidad Danesa, como presunto autor de un delito relativo a la Protección de la Flora, Fauna y Animales Domésticos por capturar una especie protegida específicamente.

Investigación.

Los agentes del SEPRONA inician una investigación tras la información aportada por la colaboración ciudadana en la que se comunicaba que habían visto como dos personas abandonaban el muelle deportivo de San Sebastián de La Gomera portando entre sus manos lo que parecía ser una cola y una espada de pez Marlín (Makiara spp), con el objetivo de comprobar tales hechos, ya que la citada especie de pez Marlín, está sometida a medidas de protección diferenciadas en la pesca marítima de recreo (R.D. 347/2011 de 11 de marzo por el que se regula la pesca marítima de recreo en aguas exteriores y O.M. de 26 de febrero de 1999) siendo por ello obligatorio poseer para su captura una autorización concedida por el Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación, concretamente por la Secretaria General de Pesca.

Foto remitida por la Guardia Civil

Finalmente, gracias a los datos aportados por los testigos como a las gestiones realizadas por los agentes durante la investigación, consiguieron identificar tanto a las dos personas que portaban las citadas piezas del pez Marlín, como a un tercero que manifestó a los agentes que había sido él quien lo había capturado desde su embarcación de pesca recreativa, especificando que tras más de 4 horas desde que el animal se “enganchó” en el anzuelo, murió en superficie, procediendo el mismo a quitarle la cola y la espada, arrojando el resto del cuerpo del pez marlín al mar.

Una vez que los agentes solicitan al ahora investigado la diversa documentación preceptiva relacionada tanto con el ejercicio de pesca en

General como para la captura de la citada especie en especial sometida a medidas concretas, así como la propia de la embarcación desde la que se realizó la captura, se comprueba que carece de la autorización citada anteriormente para la captura de esa especie concreta, que debe ser concedida por el Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación, motivo por el cual, se le investiga como presunto autor de un delito de los relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos.

Código Penal.

Conforme a lo establecido en el artículo 335.1 y 2 del vigente Código Penal, encuadrado en el Capítulo IV de los Delitos Relativos a la Protección de la Flora, Fauna y Animales Domésticos, en relación con la caza y pesca de especies sometidas a la obtención del debido título administrativo habilitante (permiso/autorización), será castigado con la pena de multa de cuatro a ocho meses e inhabilitación para el ejercicio del derecho a cazar o pescar por tiempo de uno a tres años.