La Consejería de Turismo, Industria y Comercio del Gobierno de Canarias ha concedido ayudas por valor de 36.628.259 euros a 488 establecimientos turísticos de alojamientos de las islas para cubrir el recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) ya liquidado correspondiente al ejercicio de 2021.

Desde el 10 de septiembre al 4 de octubre del año pasado, se presentaron 635 solicitudes valoradas en 50,3 millones, de las que finalmente se resolvieron favorablemente las citadas 488, es decir, el 76,8% del total. El resto de los expedientes o bien no cumplían las bases de la convocatoria o bien las propias empresas desistieron de continuar con los trámites.

“Respondimos en tiempo y forma a los cientos de solicitudes que recibimos para optar al pago de este impuesto, con lo que logramos paliar parte de las pérdidas económicas que los establecimientos hoteleros y extrahoteleros de Canarias han sufrido durante la pandemia, debiendo hacer frente a gastos pese a estar cerrados o ser casi nula su actividad”, explica la consejera del área, Yaiza Castilla.

Para agilizar la tramitación de estas ayudas, la Consejería reforzó la plantilla de la empresa pública Turismo de Islas Canarias a través de la contratación de 16 nuevos empleados, que se encargaron en exclusiva de gestionar estas subvenciones desde el 20 de septiembre hasta el 31 de diciembre de 2021.

La propuesta de decreto-ley para conceder estas ayudas fue aprobada por el Consejo de Gobierno el 22 de julio, fundamentada en la situación de las empresas explotadoras de alojamientos turístico debido a la prolongación de los efectos de las restricciones a la movilidad por la pandemia, manifestada en la pérdida de importante de ingresos, así como en graves problemas de liquidez.

La convocatoria de las subvenciones estaba dirigida a empresas hoteleras y extrahoteleras que hubieran sufrido una reducción igual o superior al 30% en el volumen de operaciones respecto a 2019.

El importe de las ayudas podía llegar hasta el 100% del coste correspondiente al IBI de 2021, siempre que la empresa solicitante no superase el límite de fondos al que se puede optar por empresa en el conjunto de ayudas convocadas con cargo al Marco Nacional Temporal.