Ángel Víctor Torres, presidente del Gobierno de Canarias

Canarias ha cerrado de forma satisfactoria en el día de hoy, lunes 13 de diciembre, el reparto de los 1.144 millones de euros con origen estatal que había recibido para compensar a autónomas y autónomos (personas físicas) y a empresas (personas jurídicas) por la pérdida de ingresos vinculada a la pandemia de la COVID-19. El Gobierno autonómico ha logrado en tiempo récord el reparto de esa cantidad de dinero público, con lo que cumple los plazos fijados por el Gobierno de España para consolidar la distribución de sus 1.144 millones. El Estado asignó con ese fin entre las autonomías 11.000 millones de euros.

La resolución de concesión de los apoyos públicos de las líneas que estaban pendientes, las 2.2 (empresas con entre 11 y 49 empleados) y 2.3 (con 50 o más), ya ha sido firmada y publicada por la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, a través de la Dirección General de Promoción Económica, lo que convierte a Canarias en la primera comunidad autónoma del país en lograr la distribuición completa de tales recursos estatales. Las ayudas llegarán a las empresas beneficiarias en los próximos días. El Archipiélago fue además, por razones objetivas de mayor afección de la pandemia a su tejido empresarial, algo que reconoció el propio Gobierno español (la caída estimada del PIB regional en 2020 está en torno al 20%), el territorio autonómico con mayor dotación de recursos en términos absolutos, con los reseñados 1.144 millones de euros de los 11.000 distribuidos en todo el país.

Con la publicación de esa resolución de concesión de ayudas a empresas afectadas, Canarias alcanza el objetivo que se había marcado desde el 4 de junio de este año (con la apertura del primer plazo de solicitudes desde el día 15 de ese mismo mes), hace algo menos de seis meses, que no era otro que lograr que ese volumen de ayudas llegara cuanto antes y dentro de plazo a las autónomas y autónomos y a empresas afectadas por la crisis debida a la COVID-19, una condición que de forma general se medía a través de la pérdida de ingresos superior al 30% de los obtenidos en el año normal de 2019.

En relación con este proceso administrativo y su culminación, el presidente de Canarias, Ángel Víctor Torres, valoró hoy el “excelente” trabajo realizado por todos los agentes involucrados en la gestión de estos apoyos directos, desde la Consejería de Economía y sus empleados públicos hasta las Cámaras de Comercio con acuerdos de gestión para desarrollar esta acción y los propios beneficiarios. A su vez, Torres calificó de muy relevante la labor de adaptación de esos fondos estatales a la realidad canaria, algo que con tanta diligencia entendió el Ministerio de Asuntos Económicos. Ello se manifestó en varias cuestiones: la de abrir las actividades potencialmente perceptoras de esos apoyos públicos en el caso de Canarias y en la posibilidad de elevar el volumen absoluto de recursos que se podía destinar por empresa solicitante (hasta cinco millones de euros), entre otras mejoras.

Con la resolución que la Dirección General de Promoción Económica publica hoy sobre la concesión de ayudas a solicitantes de las líneas 2.2 y 2.3, tras haberse hecho lo propio con las secciones 1 (personas físicas) y 2.1 (empresas con 10 o menos trabajadores), se da por concluido este proceso y con ello se puede afirmar que en Canarias se han beneficiado de esa medida de apoyo público a la liquidez de entidades productivas 7.444 autónomas y autónomos; 11.389 empresas con entre uno y 10 trabajadores; 1.148 entidades productivas con más de 10 y menos de 50 empleados, y 166 sociedades con plantillas de 50 personas o superior. Todas estas autónomas y autónomos y empresas suman 20.147 beneficiarios, que son los que han ingresado o en breve tendrán parte de los 1.141 millones de euros repartidos en Canarias.

En la citada resolución de Promoción Económica, además se crea una lista de reserva para empresas con 50 o más trabajadores. Esta es la que está integrada por las solicitudes ya completas de la línea 2.3 que no han podido atenderse hasta este momento en los términos y a los efectos establecidos en el artículo 63.3 del reglamento de desarrollo de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.