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El Gobierno de Canarias acuerda activar el 1 de diciembre el cribado de pasajeros nacionales que entren en Canarias

Consejo de Gobierno de Canarias

El Gobierno de Canarias aprobó en su sesión ordinaria de este jueves, día 18 de noviembre, activar a partir del 1 de diciembre la realización de cribados para contener la transmisión del SARS-CoV-2 mediante pruebas diagnósticas de infección activa (PDIA) a los pasajeros que entren en Canarias procedentes del resto del territorio nacional, por vía aérea o marítima. Esto implica que aquellas personas que lleguen a Canarias desde otra región española deberán portar el certificado vacunal contra la COVID-19, o una prueba diagnóstica de infección activa negativa o bien el certificado de haber pasado la enfermedad con menos de 6 meses de antelación a la fecha del desplazamiento.

Esta medida, que se puso en marcha el pasado 18 de diciembre y culminó el 30 de septiembre, constituye una herramienta necesaria para continuar con el control y contención de casos importados de coronavirus en viajeros procedentes de otros puntos del territorio nacional y mientras se acelera el ritmo de vacunación contra la COVID-19.

La Consejería de Sanidad modificó a principios de julio la norma, excluyendo de la realización de cribados mediante pruebas diagnósticas de infección activa (PDIA) a los pasajeros menores de 12 años que entren en Canarias procedentes del resto del territorio nacional, por vía aérea o marítima, para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.

Para el resto de población mayor de 12 años (o con 12 años cumplidos) continuará vigente la normativa que obliga a someterse a la realización de una PDIA para SARS-CoV-2 con resultado negativo, realizada en las 72 horas previas a la llegada a Canarias.

Supuestos de exclusión de realización de la PDIA

No se exige la presentación de PDIA negativa en el momento de la entrada a Canarias en los siguientes casos, además de a los menores de 12 años:

-Personas en tránsito a través del territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, es decir, aquellas que hagan escala en Canarias cuyo destino final sea otro país u otro lugar del territorio nacional.

-Personas que acrediten haber estado fuera de la Comunidad Autónoma de Canarias por un plazo inferior a 72 horas previas a la llegada, con independencia de su lugar de residencia.

-Personas vacunadas contra la COVID-19 con la pauta completa de vacunación dentro de los 8 meses previos al desplazamiento, o bien con una dosis con más de 15 días de antelación y dentro de los cuatro meses previos al desplazamiento.

-Personas que hayan pasado la enfermedad con menos de 6 meses de antelación a la fecha del desplazamiento.

El certificado de vacunación y de recuperación de la COVID-19 se puede obtener en la aplicación www.micertificadocovid.com o bien accediendo a miSCS, dentro del espacio web miHistoria.

Certificado COVID

Además, el Consejo de Gobierno de Canarias encargó a la Consejería de Sanidad promover la implantación del Certificado COVID en las islas y para ello se debe analizar a qué sectores y actividades afectará así como la manera de materializarlo.

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