Este viernes 7 de julio, y tras su publicación definitiva en el Boletín Oficial de La Provincia (BOP), entró en vigor la Ordenanza Municipal reguladora de la ocupación de dominio público con mesas, sillas, toldos, sombrillas, plataformas desmontables y rótulos comerciales del municipio de San Sebastián de La Gomera.

El alcalde de San Sebastián de La Gomera, Adasat Reyes, indicó que este nuevo marco regulatorio “permitirá adecuar correctamente la imagen que ofrecen las zonas comerciales de la capital y pondrá límites a los usos inadecuados de la vía pública”. Asimismo, recordó que, aunque la mayoría de comercios se encuentran cubiertos por la misma, el Ayuntamiento concede un periodo de adecuación de un año para afectar lo mínimo posible al normal funcionamiento del sector comercial y de restauración municipal.

Cabe recordar que para la instalación de terrazas en la vía pública es necesario solicitar una autorización al Ayuntamiento capitalino, lo que entraña una serie de obligaciones que, con esta norma, se pretende homogeneizar para mejorar la imagen que se ofrece a vecinos y visitantes de la capital colombina.

En este sentido, el reglamento detalla que los únicos elementos de mobiliario urbano que estarán autorizados son mesas, sillas, parasoles, toldos, estufas de gas propano y plataformas desmontables, concediéndose la autorización no por el número de elementos, sino por la superficie de espacio a ocupar. En este sentido, no podrá superar los 25m2 en la vía pública, excepto en plazas y parques.

Asimismo, los titulares de las licencias estarán obligados al mantenimiento permanente de la limpieza de la zona ocupada por la terraza y su zona de influencia, estando obligados a retirar los elementos diariamente al terminar la jornada laboral sin poder dejarlos apilados en la vía pública.

También, el reglamento detalle cuáles son los materiales y colores recomendados para conceder las autorizaciones, prohibiéndose explícitamente aquellos que resulten estridentes.

Otro de los elementos que aborda son los horarios con carácter general que permitirán que los meses de octubre a marzo, de lunes a jueves, puedan abrir de las 08.00 horas hasta la una de la madrugada. Además, los viernes, sábados y vísperas de festivo se podrá ampliar el cierre hasta las 01.30 de la madrugada. El resto del año, el horario con carácter general podrá ampliarse media hora más tarde. En ningún caso podrán permanecer abiertas las terrazas excediendo este horario, quedando expresamente prohibida la instalación de equipos musicales o sonoros de toda clase, ateniéndose en todo caso a lo dispuesto en la normativa vigente.

Cabe destacar que la autorización exigirá, en todo caso, que quede libre al tránsito peatonal una zona continua de al menos 1.50 metros, no pudiendo concederse autorizaciones para la instalación de terrazas en aceras con una anchura inferior a 3 metros.

Finalmente, la ordenanza detalla las sanciones que podrán aplicarse en función de la gravedad de la infracción y que varían desde 750 euros hasta 3.000 euros y la revocación de la autorización municipal.