Imagen del Congreso, el 13 de enero, en el Pleno de constitución de las Cortes Generales.. DI LOLLI

Emitido el veredicto de Felipe VI tras cerrar con Mariano Rajoy la tercera y última ronda de consultas, España está abocada a celebrar unas nuevas elecciones generales tras haber constatado el Rey que ningún candidato ha sido capaz de reunir en los últimos cuatro meses los apoyos necesarios para formar Gobierno. Salvo sorpresa mayúscula de última hora, los comicios quedarán convocados el lunes de la semana que viene según los siguientes plazos.

1 DE MAYO. Fecha límite para dialogar

Pese a que el Rey echó ayer el cierre a la fase de negociaciones para formar Gobierno que se abrió tras las elecciones del 20-D, en la práctica siguen quedando algunos días para alcanzar un improbable acuerdo in extremis. Hasta este domingo, 1 de mayo, quedará vivo un rescoldo de esperanza de que no haya nuevas elecciones, que pasa por que los partidos, milagrosamente y contra todo pronóstico, sean capaces en los próximos cuatro días de superar las líneas rojas que se han puesto los unos a los otros y de cerrar el apoyo mayoritario a algún candidato.

Si este escenario cristalizara, Felipe VI podría designar en el último momento, ese 1 de mayo, un aspirante a la investidura. A partir de ahí, el presidente del Congreso convocaría con urgencia pleno del Congreso para el lunes 2, última fecha posible antes de que finalice el plazo constitucional que da paso a la disolución automática de las Cortes y la convocatoria de elecciones.

2 de MAYO. Pleno o disolución

El próximo lunes finaliza el plazo de dos meses que se abrió con la primera votación de la investidura de Pedro Sánchez, el pasado 2 de marzo. Si ese día no se convoca un pleno de última hora para votar a un candidato, «el Rey disolverá las Cámaras y convocará nuevas elecciones con el refrendo del presidente del Congreso», según establece el artículo 99.5 de la Constitución. Cualquier votación en el último momento que pueda evitar este escenario debe producirse antes de las 24.00 horas del lunes: si va a haber presidente del Gobierno, éste tiene que estar investido antes de la medianoche.

3 DE MAYO. Convocatoria electoral

Cruzada la frontera de la medianoche del 2 al 3 de mayo, se procederá a la convocatoria de nuevas elecciones en el caso de que no haya sido investido ningún candidato como presidente del Gobierno. El presidente del Congreso, Patxi López, someterá a la firma del Rey el decreto de disolución y convocatoria de elecciones a partir de las 00.00 horas del martes 3 de mayo. Una vez cuente con la firma del Monarca, ese mismo día se publicará en el Boletín Oficial del Estado y las Cortesde la legislatura más corta de la democracia quedarán disueltas.

26 DE JUNIO. Celebración de elecciones

En el escenario más que probable de una repetición de las elecciones generales, estas se celebrarán el domingo 26 de junio. Es la fecha que se eligió como más apropiada cuando se celebró el debate de investidura de Pedro Sánchez, que fue el que puso en marcha el reloj para la celebración de nuevos comicios en caso de que no se materializara ningún pacto de gobierno viable. El día lo marca la Constitución, que establece que las elecciones se celebrarán 54 días después de la convocatoria electoral. En ese periodo de algo menos de dos meses, los partidos concentrarán la presentación de las listas y las coaliciones, la elaboración de los programas y la organización de la campaña electoral.