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El Gobierno de Canarias ordena la Enseñanza Secundaria Obligatoria y el Bachillerato para el próximo curso 2015-2016

 
El Consejo de Gobierno,a propuesta de la consejera de Educación y Universidades,ha aprobado hoy el Decreto por el que se establece la ordenación de la Enseñanza Secundaria Obligatoria y el Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Canarias. La publicación de este decreto es consecuencia del desarrollo previsto en la Ley Orgánica de Mejora de la Calidad Educativa,de obligado cumplimiento y cuyo calendario de aplicación debe asumirse,pese a la oposición del Gobierno autonómico.
Así,en el próximo curso 2015-2016,la aplicación de la LOMCE se hará efectiva en 2º,4º y 6º de la Educación Primaria,en 1º y 3º de Educación Secundaria,en 1º de Bachillerato y en 2º de formación Profesional Básica. Como fuere que el decreto de ordenación de la Educación Primaria ya se publicó el año pasado,corresponde ahora regular sólo los nuevos cursos a partir de la Educación Secundaria.
En la Ley 6/2014,de 25 de julio,Canaria de Educación no Universitaria,se explicita que el pleno desarrollo de nuestro alumnado es la finalidad fundamental de la actividad educativa y que ésta habrá de construirse a través de aprendizajes que incidan en el desarrollo y la adquisición de las competencias,y en el tratamiento transversal de los valores,dentro de un modelo de escuela inclusiva. Así,en su título II,define un modo de ordenar las enseñanzas para que queden perfectamente integradas en todos sus aspectos y contribuyan al aprendizaje de la ciudadanía a lo largo de toda su vida. De este modo,las etapas educativas de nuestra Comunidad Autónoma,en su conjunto,se orientan,por un lado,al desarrollo de las capacidades y a la consecución de las competencias; y,por otro lado,a la igualdad de oportunidades y de acceso a la escolarización,ayudando,en consecuencia,al desarrollo personal y social del alumnado,y cubriendo los distintos tipos de necesidades educativas en las mejores condiciones institucionales posibles.
Por otro lado,la finalidad de la Educación Secundaria Obligatoria es lograr que el alumnado adquiera los elementos básicos de la cultura,especialmente en sus aspectos humanístico,artístico,científico y tecnológico; desarrollar y consolidar en él hábitos de estudio y de trabajo; prepararlo para su incorporación a estudios posteriores y su inserción laboral,y formarlo para el ejercicio de sus derechos y obligaciones en la vida como ciudadano o ciudadana,tal y como se determina en el artículo 10 del Real Decreto 1105/2014,de 26 de diciembre.
A su vez,el Bachillerato tiene como finalidad proporcionar al alumnado formación,madurez intelectual y humana,conocimientos y habilidades que le permitan desarrollar funciones sociales e incorporarse a la vida activa con responsabilidad y competencia,capacitándolo,asimismo,para acceder a la educación superior,según se establece en el artículo 24 del mismo Real Decreto.
En el marco de esta normativa y objetivos,y haciendo uso de su competencia para la concreción de los mismos,para la aprobación hoy del Decreto de Ordenación de la ESO y el Bachillerato,el Gobierno de Canarias ha tenido una especial consideración a la transición y continuidad desde la etapa de Educación Primaria a la de Educación Secundaria Obligatoria,y desde esta etapa a la de Bachillerato,a efectos organizativos y curriculares.
Así,el decreto aprobado hoy en Consejo regula aspectos comunes de la Ordenación de la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato que tienen que ver,entre otros aspectos,con el currículo,las competencias,la acción tutorial y la orientación,la participación en la comunidad educativa,los documentos oficiales de evaluación y la autonomía de los centros docentes. Además,se concretan aspectos específicos de cada etapa en relación con la evaluación y en la promoción del alumnado,la evaluación del proceso de enseñanza,la atención a la diversidad,la organización de las materias y el horario escolar semanal.
Principales características del Decreto canario
La nueva ordenación de la Enseñanza -que la LOMCE divide en asignaturas troncales,específicas y de libre configuración autonómica- impone que,al llegar a Bachillerato,los alumnos pueden elegir entre tres itinerarios,en función de sus inquietudes y de los estudios que piensen cursar posteriormente: Humanidades y Ciencias Sociales; Ciencias; y Arte. En cada una de estas tres modalidades,figura un amplio listado de asignaturas que cada alumno puede escoger,hasta cursar el mínimo de créditos fijados para cada curso académico.
En el caso de Canarias,y con el fin de facilitar la orientación y la preparación de los alumnos para estudios posteriores,la Consejería de Educación y Universidades ha dispuesto que en cada una de estas modalidades de Bachillerato las asignaturas se dividan de antemano en dos grupos,entre los que podrá escoger cada alumno.
En cuanto al contenido y peso de las diferentes asignaturas en el programa educativo de los diferentes cursos,el Decreto desarrolla -dentro del restringido margen competencial que la Ley deja a las Comunidades Autónomas- todas aquellas materias que el Gobierno entiende que deben potenciarse para compensar su ausencia o su presencia insuficiente en los currículos troncales y específicos.
En este contexto,se da una importancia especial al aprendizaje de las lenguas extranjeras,determinando que una parte de las materias del currículo se pueda impartir,total o parcialmente,en una lengua extranjera.
En este sentido,se fomenta el funcionamiento del Programa Clil (programa europeo para potenciar el uso de otros idiomas en asignaturas de contenido no lingüístico),la Segunda Lengua Extranjera es obligatoria para todo el alumnado hasta tercero de Educación Secundaria Obligatoria y en primero de Bachillerato se incorpora la oferta de la Segunda Lengua Extranjera,que hasta ahora solo se ofertaba en segundo.
Cabe destacar el recurso metodológico y organizativo de la docencia compartida que se implementará para la materia de Prácticas Comunicativas y Creativas. Se establece que el profesorado de diferentes materias intervendrá en el aula a través de prácticas innovadoras de interacción docente y colaborativa,en una relación simétrica de colaboración,con la finalidad de atender a la diversidad y promover actividades cooperativas en el alumnado y propuestas didácticas que favorezcan la participación activa de éste en su proceso de aprendizaje,mejorar su competencia comunicativa y fomentar su creatividad. Se planificará la actividad docente,las funciones a desarrollar con el alumnado y su evaluación de forma conjunta.
Dentro de los contenidos propios,se ha establecido para cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria la materia de Historia y Geografía de Canarias para todo el alumnado,en la que se profundiza en aspectos relacionados con el acervo cultural y la identidad canaria,pero además el Decreto aprobado hoy contiene las directrices para que el currículo de las materias de ambas etapas contribuya a que el alumnado conozca,aprecie y respete los aspectos culturales,históricos,geográficos,naturales,sociales y lingüísticos más relevantes de nuestra Comunidad Autónoma,así como los de su entorno más cercano,según lo requieran las diferentes materias y valorando las posibilidades de acción para su conservación.
Como última característica distintiva de la aplicación de la Lomce en Canarias,se ha mantenido,entre las asignaturas de libre configuración autonómica,la materia de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos y también se ha velado por que la asignatura de Historia de la Filosofía sea una materia de opción para todas las modalidades de Bachillerato,intentándose con ello garantizar la formación humanística del alumnado.
Siguiente trámite
Una vez aprobado el decreto de ordenación de ESO y Bachillerato,el siguiente trámite a completar para la aplicación íntegra de la Lomce en Canarias será la aprobación del contenido curricular de cada una de las asignaturas a impartir. Se trata de un procedimiento que ya está muy avanzado,en el seno de la Consejería de Educación y Universidades.
Sin embargo,en el Decreto aprobado por el Consejo de Gobierno se sientan ya las bases para ese desarrollo curricular de las diferentes materias de la ordenación de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato,anticipándose propuestas metodológicas encaminadas al desarrollo y adquisición de las competencias.
De este modo,se prevé que el diseño curricular esté centrado en que el alumnado adquiera los aprendizajes imprescindibles para continuar desarrollándose como ciudadanía activa y crítica en el plano individual,social y académico-profesional; un currículo que facilite y oriente el desempeño docente,fomentando la integración de las materias en situaciones de aprendizaje funcionales y contextualizadas a través de la participación activa en situaciones socialmente relevantes y significativas,que se puedan desarrollar o simular en el contexto educativo.

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