Según el anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP),las expropiaciones afectan a siete parcelas,que suman un total de 13.739,35 metros cuadrados,de las que la institución insular ha acordado la necesidad de ocupación.
El Cabildo insular ha estimado alegaciones presentadas por algunos propietarios en cuanto a la corrección de la valoración que se otorga a las parcelas expropiadas.
La corporación insular señala que debe de acordarse que el importe de la indemnización a la que tienen derecho estos propietarios se pague en su totalidad en el ejercicio 2012.
Agrega que para ello se debe incorporar la cantidad de 80.000 euros consignada en el presupuesto vigente,como el correspondiente al resto de las fincas objeto de expropiación.
No obstante,desestima la alegación relativa a falta de existencia de talud y a que el terreno restante de su propiedad no afectado está al mismo nivel de la carretera nueva,de acuerdo con lo dispuesto en los antecedentes de la propuesta.
La institución también ha estimado la alegación formulada por otro de los afectados respecto de la titularidad de la parcela,que queda supeditada a la previa acreditación y derechos sobre la finca que podrá hacerse con anterioridad al acta de ocupación.
Por el contrario,desestima aquella que versa sobre el precio propuesto (40 euros/m2) al considerar que resulta notoriamente superior al fijado por la Administración,que es 2,50 euros por una superficie afectada de 2.619,87 metros cuadrados.
Además,el Cabildo insular ha de adoptar el acuerdo y compromiso correspondiente a fin de restituir la vía de acceso a una finca o establecer una alternativa viable,al tener en cuenta que el expediente de expropiación incoado viene dado a raíz de la actuación por vía de hecho de la Administración.
La institución invita a poner precio a los interesados que no lo hayan propuesto,a fin de propiciar la adquisición por mutuo acuerdo.
Contra la resolución puede interponerse recurso de reposición potestativo,en el plazo de un mes,ante el mismo órgano que dictó el acto o recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Santa Cruz de Tenerife,en el plazo de dos meses