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Los pasajeros de BinterCanarias podrán viajar sin el certificado de residente

Gracias a una iniciativa pionera en España, los clientes se ahorrarán la molestia de la gestión de los certificados en los respectivos ayuntamientos.

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La aerolínea ha desarrollado un sistema que permitirá acreditar la residencia en el momento de la compra del billete y sin necesidad de pasar por los ayuntamientos, informa la compañía aérea, según informa el periódico Canarias7.

Gracias a una iniciativa pionera en España, los clientes se ahorrarán la molestia de la gestión de los certificados en los respectivos ayuntamientos.

El sistema que hará más fácil volar entre las islas se llama SARA (Sistema Acreditación Residencia Automático) y se trata de un proyecto piloto que BinterCanarias ha desarrollado de forma conjunta con el Ministerio de Fomento.

El sistema SARA se basa en la acreditación de la residencia en el momento de la compra.

Cuando un cliente adquiera un billete a través de la web www.bintercanarias.com se realizará una consulta telemática a la base de datos del Ministerio de Fomento, desde la cual se procederá a la validación si el cliente es residente.

Mediante este proceso, si el pasajero figura como residente se marcará en el sistema, en su billete electrónico o tarjeta de embarque, por lo que no será necesario presentar el certificado de residencia a la hora de volar.

En el plazo de diez días se hará efectiva la implantación del nuevo sistema de acreditación de la residencia en todos los canales de compra de Binter. La implantación del nuevo sistema de acreditación de la residencia es efectiva ya para los billetes comprados desde este jueves a través de la web www.bintercanarias.com, y desde este viernes en las compras a través del call center y BinterVende. En las compras realizadas a través de las agencias de viajes, será aplicable para los billetes adquiridos a partir de finales de la próxima semana.

Un aspecto importante a tener en cuenta si los pasajeros quieren disfrutar de las ventajas que posibilita SARA es que el billete debe ser emitido, y por lo tanto comprado, con el mismo nombre que aparece en el DNI (documento nacional de identidad).