Si observamos parte del Articulado de la Constitución Española de 1978, podemos analizar, de manera clara y explícita, que los Recursos producidos por nuestro Estado Social y Democratico de Derecho se orientarán, gestionados por nuestro gobernartes, a una distribución equitativa de toda la riqueza de todos y cada uno de  los trabajadores, que en este Estado se haya creado, con su fuerza durante toda su vida laboral. Por lo tanto, creo que la lectura de los siguientes artículos, deberían ser obligatorios en las enseñanazas de nuestros Centros de Formación y estar insertos en los Programas Académicos, para que nuestros ciudadanos desde las edades que dichas personas empiezan a tener conocimiento práctico, supieran y entendieran que la vida tiene un coste, contrapesado anualmente, por los balances  de la producción total de nuestro Producto Interior-Nacional Bruto. Sabiendo que ese producto de nuestra riqueza no es infinito, pues como en todo modelo económico los “Recursos son Escasos”. Debiéndose, por ello, buscar fórmulas para revertirlos en un nuevo modelo de vida que nos lo conviertan  y nos lo hagan: sostenibles, duraderos, ecologicos…etc. Además, que nos permitan tener un Medio Ambiente lo mas limpio posible, en beneficio de no agotar esos escasos recursos, que trataremos que sean renovables y recicables. Por lo tanto, me creo en la obligación de hacerme eco del siguiente articulado de nuestra vigente Norma Suprema, que nos recuerde de donde venimos y adonde vamos.

Artículo 9

  1. Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.
  2. Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.
  3. La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.

Artículo 14

Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Artículo 31

  1. Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio.
  2. El gasto público realizará una asignación equitativa de los recursos públicos, y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía.
  3. Sólo podrán establecerse prestaciones personales o patrimoniales de carácter público con arreglo a la ley.

Artículo 40

  1. Los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso social y económico y para una distribución de la renta regional y personal más equitativa, en el marco de una política de estabilidad económica. De manera especial realizarán una política orientada al pleno empleo.
  2. Asimismo, los poderes públicos fomentarán una política que garantice la formación y readaptación profesionales; velarán por la seguridad e higiene en el trabajo y garantizarán el descanso necesario, mediante la limitación de la jornada laboral, las vacaciones periódicas retribuidas y la promoción de centros adecuados.

Artículo 103

  1. La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.

Artículo 128

  1. Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general.
  2. Se reconoce la iniciativa pública en la actividad económica. Mediante ley se podrá reservar al sector público recursos o servicios esenciales, especialmente en caso de monopolio y asimismo acordar la intervención de empresas cuando así lo exigiere el interés general.

Artículo 137

El Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses.

Artículo 138

  1. El Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad consagrado en el artículo 2 de la Constitución, velando por el establecimiento de un equilibrio económico, adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español, y atendiendo en particular a las circunstancias del hecho insular.
  2. Las diferencias entre los Estatutos de las distintas Comunidades Autónomas no podrán implicar, en ningún caso, privilegios económicos o sociales.

Artículo 139

  1. Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado.

Artículo 158

  1. En los Presupuestos Generales del Estado podrá establecerse una asignación a las Comunidades Autónomas en función del volumen de los servicios y actividades estatales que hayan asumido y de la garantía de un nivel mínimo en la prestación de los servicios públicos fundamentales en todo el territorio español.
  2. Con el fin de corregir desequilibrios económicos interterritoriales y hacer efectivo el principio de solidaridad, se constituirá un Fondo de Compensación con destino a gastos de inversión, cuyos recursos serán distribuidos por las Cortes Generales entre las Comunidades Autónomas y provincias, en su caso.

Aunque esta opinión se ciña a unos artículos específicos, llenos de contenido, de nuestra vigente Constitución, quiero dejar constancia, extensibles a todos y cada uno de los colectivos que conforman  nuestro Pueblo Soberano de este Estado Español, qué, la cultura política de un país, debe hacerse valer, en su modelo de convivencia pacífica, dentro del respeto a: la Ley, el Orden y la Seguridad,…, implícita en ese modelo. Que a su vez, estará sujeto a los códigos de Justicia que hacen posible la deseable convivencia de una sociedad madura, dentro de sus personales vidas públicas y privadas.

Ideas y hechos todos, que han sido, son y serán la realidad palpable del tic, tac de la vida de cada ser humano. Acciones que intento hacer notar y resaltar con esta simplista opinión-reflexión-opinión-.

Por lo que, un servidor entiende que al haber experimentado, nosotros los de mayor edad, dentro de un análisis evolutivo que, si nuestro modelo formativo ha carecido de pedagogía, y proyección científica en nuestros sistemas educativos,…., haciendo que hayamos perdido el timón del rumbo inicial, que se supone era para hacer crecer a nuestras futuras generaciones dentro de un sistema democrático-participativo, estamos a tiempo de corregir y enderzar dichos rumbos para los que vienen.

Por lo tanto, vemos que ese ensamblaje político proviniete de aquella compleja y no satisfactoria transición, para algunas de las partes (siempre habrán tesis que nos los demuestren), como digo, que fue una difícil y negociada transición, salida de la dictadura de Franco después de 40 años; consenso aquel,…., que únicamente se formalizó, para crear nuestro actual “Estado Social Democrático y de Derecho”. Acción Político-Representativa, por la que muchos, hemos trabajado y lo seguimos haciendo,  con el fin que fuera real y extensible en todo el pais, en la diversidad de la España de los años 1970-1980, orientándola hacia un nuevo reparto territorial del Estado, hacia lo que hoy son, nuestros, aparentementes evolucionados Modelos Autonómicos vigentes.

O, porque no, de lo que podrá ser, hacia donde vamos,…, que será, hacia otra nueva y consensuada transición, en vista de lo acontecido en estos últimos 40 años. Es decir, que a partir de este momento histórico del siglo XXI, se diseñe de manera transversal y lineal; con movimientos reactivos-pro-activos, ese nuevo espacio evolutivo, hacia ese nuevo futuro,…, que políticamente denominaremos “Estado Federado” de una nueva estructura orgánico-política de esa futura, segura y equilibrada “Unión Europea de Estados Federados”.

Ignacio Sebastián José Darias Castilla. – Licenciado en Ciencias Políticas -UNED-