El Cabildo de La Gomera informó este viernes de la autorización para la apertura de un campo de entrenamiento de invierno de carácter temporal para perros de caza que estará situado en la zona de Las Toscas, en San Sebastián de La Gomera, y que se encuentra delimitado en el mapa que ya se encuentra disponible en la web del cabildo www.lagomera.es.

La Consejería de Desarrollo del Territorio, otorga esta autorización de manera que se podrán utilizar todo tipo de perros desde el segundo domingo de febrero de 2015 hasta el período hábil de caza con perro y hurón.  Desde el Cabildo, se advierte que es obligatorio respetar los períodos de cría y reproducción de las especies, por lo que los entrenamiento tendrán que realizarse antes de los períodos en que éstos tengan lugar.

Además, se señala que serán hábiles los jueves y domingos para el período de precaza que va desde la salida del sol hasta su puesta, siendo de aplicación la hora oficial determinada para la provincia de Santa Cruz.

El número de perros autorizados será de cinco por cazador y cuadrilla. Los adiestramientos deberán ajustarse al cumplimiento inexcusable de las condiciones establecidas en el anuncio.

Entre ellas que todos los usuarios de los campos deberán estar en posesión de la documentación de caza vigente, que consiste en la licencia de caza en vigor, documento nacional de identidad o equivalente, seguro obligatorio correspondiente y el permiso para las zonas de caza controladas.

En este último supuesto se admiten como válidos los permisos otorgados a los cazadores para el ejercicio de caza en zonas de actividad cinegética controlada en 2015. Los mismos quedarán limitados a efectos de los entrenamientos, nunca para el ejercicio de la caza y, sólo para para los llevados acabo antes de la apertura de la veda para el presente año.

Por otro lado, los cazadores que no hayan obtenido permiso el pasado año y deseen realizar entrenamiento de sus perros, pero no cazar, deberán solicitar la correspondiente autorización administrativa ante el Cabildo. Todo ello a efectos de otorgar el permiso para realizar el entrenamiento de perros en los dos campos asignados hasta la apertura de la veda. En este caso la autorización administrativa tendrá la misma validez y efectos que la Tarjeta de Caza Controlada.

Otros requisitos son que los perros deberán estar identificados y que el entrenamiento de los mismos fuera de los terrenos habilitados será considerado como infracción equivalente a cazar en época de veda. El acceso de los canes a los campos deberá estar controlado, no pudiendo transitarse por las zonas de seguridad con perros sueltos. En cuanto a la circulación de vehículos, con la finalidad de aumentar la seguridad y vigilancia, se adoptarán medidas para evitar el uso abusivo y bloqueo de los caminos, prohibiéndose el tránsito fuera de las pistas de acceso.

Toda pieza cobrada accidentalmente será entregada a los agentes de Medio Ambiente del Cabildo o a la guardia civil, quienes la darán, a su vez, al centro benéfico más próximo. Los límites de los campos estarán ajustados en la medida de lo posible a accidentes naturales, topográficos, vías o caminos, que redunden en beneficio de una mejor identificación y menor confusión a los cazadores. No estará permitido entrenar auxiliándose con palos u otros objetos y acosar a los conejos para facilitar su captura. También queda prohibido el uso de hurón, armas de fuego y la suelta de especies cinegéticas en los campos.

En el anuncio, se fija la obligación de que los cazadores respeten los usos que se vienen desarrollando en los campos de entrenamiento tales como zonas de cultivos, bancales y muros, ganado que paste en dichos lugares así como los senderistas. En lo no previsto, será de aplicación la legislación vigente en materia de caza y vida silvestre y se fija que el incumplimiento de las condiciones establecidas dará lugar a la anulación de la autorización.